Marzo, declaración anual de personas morales  #Opinión #TuAsesorFiscal @bautista_obh

Marzo, declaración anual de personas morales #Opinión #TuAsesorFiscal @bautista_obh

La declaración anual de Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas morales debe presentarse entre los meses de enero y marzo del año siguiente a aquel al que corresponde; por tradición es en el mes de marzo cuando se cumple con dicha obligación.

Para estar en condiciones de presentar la declaración anual de una persona moral, se deben tener registrados en contabilidad todos los ingresos y todas las erogaciones efectuadas durante el año, y darle el enfoque fiscal adecuado a cada transacción, para determinar si es un ingreso acumulable o una deducción autorizada. 

Recordemos que el objeto del ISR es decir, el motivo por el cual somos sujetos obligados a declararlo es la obtención de ingresos, de donde existe la posibilidad de que detonen una ganancia de la cual se pagara el impuesto a la tasa del 30%.

Es por ello que la Resolución Miscelánea Fiscal vigente señala la obligación de las personas morales de presentar dicha declaración anual por el ejercicio fiscal de 2020 y que dentro de la misma se deberá presentar la determinación del resultado fiscal o la utilidad gravable del año, y de ahí se determinara la cantidad de ISR anual.

El punto fino es, que al momento de generar la declaración anual, se deben tener terminada la contabilidad y presentadas las doce declaraciones provisionales del ejercicio, pues el sistema de declaración de la persona moral estará pre-llenado con la información obtenida previamente de las declaraciones mensuales presentadas por los contribuyentes.

Por lo anterior, al no estar presentadas todas la declaraciones con el manifiesto y acumulación de todos ingresos obtenidos y las disminuciones que correspondan conjuntamente con el pago de las líneas de captura mensuales efectuadas como pagos a cuenta del impuesto anual, no se estará en condiciones de presentar dicha declaración, hasta que los pendientes u omisiones están corregidos y sustentados. 

La declaración anual de las personas morales incluye la siguiente información:

  • Estados financieros,
  • Conciliación entre el resultado contable y fiscal
  • Integración de ingresos acumulables
  • Clasificación de las deducciones autorizadas
  • Integración de las nóminas y demás prestaciones laborales
  • Determinación del ajuste anual por inflación acumulable o deducible
  • Depreciación fiscal de los activos fijos
  • Determinación del coeficiente de utilidad para el ejercicio fiscal siguiente
  • Actualización de pérdidas fiscales pendientes de disminuir
  • Determinación de las cuentas de capital para el reparto de dividendos a socios
  • Determinación del monto por concepto de reparto de utilidades a los trabajadores
  • Calculo del ISR anual a pagar

Como podemos apreciar, la presentación de la declaración anual de ISR, representa un trabajo minucioso y de alta calidad por parte del área contable y fiscal de la empresa, a su vez, es una responsabilidad compartida de los socios o accionistas conjuntamente con el representante legal de validar la información financiera de donde emana el pago del impuesto…

Comentarios